Asambleas virtuales en consorcios: requisitos y buenas prácticas

Desde la pandemia, las asambleas virtuales se consolidaron como una herramienta válida para los consorcios. Sin embargo, no alcanza con abrir una videollamada: la convocatoria, el quórum y el acta deben cumplir requisitos formales para que las decisiones sean válidas.

¿Se pueden hacer asambleas 100% virtuales?

En CABA, la normativa permite asambleas por medios telemáticos siempre que se garantice la identidad de los participantes, la posibilidad de debate y votación, y quede registro fehaciente de lo acordado. El reglamento de copropiedad del edificio también debe contemplarlo.

Requisitos para una convocatoria válida

Cómo garantizar el quórum

El quórum se calcula igual que en una asamblea presencial: sumando los coeficientes de participación de quienes están conectados al inicio de la sesión. Recomendamos:

El acta: no olvidar este paso

Toda decisión tomada debe quedar asentada en acta firmada por el presidente de la asamblea y el administrador. El acta virtual debe incluir lista de asistentes, temas tratados, votaciones con resultado numérico y resoluciones adoptadas.

En Baldomer organizamos asambleas presenciales, virtuales o híbridas según lo que mejor se adapte a cada consorcio.

¿Necesitás convocar una asamblea?

Te ayudamos con la convocatoria, conducción y acta en regla.

Consultar